Todos los funcionarios de carrera adquirirán un grado personal por el desempeño de uno o más puestos del nivel correspondiente durante dos años continuados o tres con interrupción.
Los funcionarios consolidarán necesariamente como grado personal inicial el correspondiente al nivel del puesto de trabajo adjudicado tras la superación del proceso selectivo, salvo que con carácter voluntario pasen a desempeñar un puesto de nivel inferior, en cuyo caso consolidarán el correspondiente a este último.
La consolidación del grado personal no se produce de manera automática, sino que precisa del reconocimiento por parte de la Administración en la que se desempeñe el puesto cuyo complemento es consolidado.
Como excepción a la regla anterior, cuando un funcionario o funcionaria de la Universidad de Granada pase a prestar servicios en otra administración y posteriormente se produzca su reingreso en la Universidad de Granada, el reconocimiento de grado se realizará a solicitud de la persona interesada, a través del Registro Electrónico de la UGR (Solicitud Genérica para la UGR) , seleccionando como Unidad universitaria de Destino el “SERVICIO DE PERSONAL TÉCNICO, DE GESTIÓN Y DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS”.
La presentación electrónica supone que la solicitud será fechada y firmada electrónicamente en el momento de su presentación.